La Secretaría de Políticas Universitarias aprobó un proyecto elevado por el CIN, el “Plan de Virtualización de la Educación Superior, destinado a financiar acciones de enseñanza virtual, capacitación, tecnología y conectividad, para lo cual se transferirán 1447 millones de pesos a las universidades nacionales.
“La virtualización de los procesos formativos podrá constituirse en un factor de calidad académica en las universidades, pero esto dependerá del enfoque utilizado para implementarla y desarrollarla, la capacidad de planificación y el grado de convocatoria y adhesión hacia los principales actores”, expresaron los doctores Daniel Vega y Carlos de Marziani, quienes desde la Comisión de Conectividad y Sistemas de Información del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), promovieron un proyecto que fue recientemente aprobado por la Secretaría de Políticas Universitarias que asignará 1447 millones de pesos a las universidades nacionales.
Los objetivos prioritarios de este Plan son tres: “Fortalecer las instancias de enseñanza virtual mediante la capacitación de los docentes orientada a mejorar las capacidades tecnológicas y didácticas para el dictado y la evaluación de las asignaturas”. También, “fortalecer las instituciones con el software y el hardware necesario para dar respuesta a las adecuaciones requeridas en la virtualización de la enseñanza y contribuir con la mejora de la conectividad de docentes y alumnos en todo el país”.
“Como se ha relevado desde la llegada de la pandemia, la falta de equipamiento y acceso a internet son una de las grandes limitantes para que los alumnos en situación de vulnerabilidad puedan acceder a sus estudios en un marco de equidad. En tercer lugar el proyecto busca “asegurar la continuidad de las actividades de extensión e investigación que deben sostenerse por su naturaleza esencial teniendo en cuenta el impacto que provocaría su interrupción, en el marco de condiciones de bioseguridad acorde a los protocolos vigentes”.
“La implementación de nuevas tecnologías significa no sólo una modificación en la metodología tradicional de enseñanza, sino que requiere de capacitaciones docentes específicas que permitan afianzar conceptos vinculados al diseño e implementación de recursos virtuales, de metodologías de evaluación, así como la posibilidad de trabajar con conceptos de aula invertida o laboratorios remotos”, explicaron los promotores de la iniciativa.
“El desafío de la virtualidad no es solamente académico, sino que es un proceso que se vincula con las áreas administrativas, de investigación y de extensión. La tecnología acrecienta las oportunidades para pensar en una mayor inclusión educativa de nuestros jóvenes, para atender a la diversidad propia de las múltiples trayectorias educativas de quienes eligen la universidad y para ofrecer un abanico rico de oportunidades formativas. Pero no alcanza sólo con superar el aislamiento digital y proveer de tecnologías y recursos; el desafío es acompañar estas transformaciones, actualizar los conocimientos, generar un espacio de intercambio y de aprendizaje colaborativo para que los actores se apropien de las nuevas tecnologías”, agregaron Vega y De Marziani.
Los planes de acción deberán contemplar varios ejes: “Fortalecimiento para el desarrollo de la enseñanza, el aprendizaje y la evaluación en entornos virtuales”, “fortalecimiento de proyectos de seguimiento y tutorías”, “Fortalecimiento de las herramientas tecnológicas para la inclusión”, “Fortalecimiento de la conectividad” y “Adecuaciones edilicias”.
Los fondos no son concursables –es decir, que las universidades no “compiten” por obtenerlos- pero sí es requisito presentar un Plan de Acción a ser financiado con la partida que fue asignada a cada institución según diversos indicadores. Esto garantiza que el dinero será utilizado para ese fin, ya que por la normativa vigente luego deben rendirse los gastos de acuerdo a ello. Tal es así que en esa misma resolución se estableció también que “las universidades nacionales deberán presentar a la Secretaría de Políticas Universitarias la rendición de cuentas documentada acerca del uso efectivo de los recursos transferidos en el marco de lo establecido por la normativa vigente y dentro de los trece meses de la efectiva percepción de la totalidad de los fondos”.
Fuente: UNViMe Noticias