CORONAVIRUS: SUSPENDEN LAS ACTIVIDADES NO ESENCIALES DE UNSL EN SAN LUIS Y VILLA MERCEDES


En resolución ad- Referendum del Consejo Superior, la Universidad Nacional de San Luis (UNSL) adhiere al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 814/20 de la Presidencia de la Nación. Esta medida tendrá vigencia desde el 26 de octubre hasta el día 8 de noviembre de 2020 inclusive, manteniendo solo las actividades que hacen a funciones básicas y esenciales de la Institución en ambas sedes.

En este sentido, las funciones básicas que se mantendrán corresponden a las siguientes áreas:

Secretaría de Hacienda, Administración e Infraestructura.
Subsecretaría de Logística y Servicios.
Secretaría General.
Dirección de Despacho.
Dirección General de Tecnologías de la Información.
Dirección de Asesoría Jurídica.
Dirección General de Entradas y Archivo.
Dirección de Consejo Superior y Asamblea Universitaria.
Secretaría de Asuntos Estudiantiles y Bienestar Universitario.
Secretaría de Comunicación Institucional.
Dirección de Obra Social del Personal Universitario (DOSPU).
Bioterio, cuidado de animales y vegetales, y cultivos microbiológicos.
Personal Técnico de Laboratorio, según planificación de cada área.
En este sentido, tanto la Escuela Normal Juan Pascual Pringles (ENJPP) como las siete (7) Facultades de San Luis y Villa Mercedes podrán definir las áreas básicas que consideren esenciales.

Todo el personal administrativo de las mencionadas dependencias, eximido de funciones esenciales, se desempeñará mediante teletrabajo.

Además se informa que se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive, en el ámbito del Centro Universitario de San Luis Capital y Villa Mercedes, excepto para los procesos de compras y contrataciones realizados mediante la Dirección de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Hacienda, Administración e Infraestructura y/o mediante el Departamento de Compras de la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y Bienestar Universitario.

Finalmente, los protocolos de presencialidad adaptada para el dictado de clases en el ámbito de las dos sedes (2) incluídas en el decreto quedan suspendidos.

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