Esta medida tiene como antecedente el hecho acontecido en noviembre de 2019 donde una estudiante de esta Universidad manifestó públicamente que no se le permitió la permanencia en las instalaciones de la Biblioteca por su vestimenta.
Por Resolución del Consejo Superior Nº 48, de fecha 10 de junio de 2020, se dispuso derogar el inciso e) del Art. 24 del reglamento del Sistema de Bibliotecas de la UNSL y disponer que el Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) a cargo del Protocolo Institucional de Intervención ante situaciones de Violencia de Género, Identidad de Género y Discriminación capacite al personal de la Biblioteca Antonio Esteban Agüero en Perspectiva de Género, Discriminación y Política Universitaria.
El tema fue tratado por el Consejo Superior a raíz de la iniciación de un expediente por parte de Consejeros Estudiantiles resolviéndose dar intervención al ETI para evaluar la situación. El Equipo analizó el expediente, procedió a la toma de entrevistas tanto a los/as consejeros/as estudiantiles que lo iniciaron, como a las estudiantes directamente implicadas, y elaboró una propuesta de intervención en el marco de las competencias del Protocolo.
«El ETI toma intervención cuando nos llega el expediente. Se resolvió analizar la normativa para evaluar el artículo desde el cual la bibliotecaria habría encuadrado su actuación, que establecía COMO DEBER «vestirse correctamente», además de tomar entrevistas a las personas implicadas para conocer las situaciones expuestas desde un encuadre profesional», explicó Candela Manrique, Trabajadora Social del ETI.
El equipo presentó un informe recomendando y argumentando jurídicamente la conveniencia de la derogación del Inc. e) del Art. 24 de la Ordenanza R. Nº 3 de 2014 en tanto establecía: «Son deberes de los Usuarios del Sistema De Bibliotecas:» … «e) Los usuarios deberán asistir a la biblioteca correctamente vestidos e higienizados». Además se realizó una propuesta de capacitación y sensibilización para el personal de la biblioteca sobre perspectiva de género y política universitaria en el marco de la Ley Micaela.
El ETI entendió que el modo en que se encontraba redactado el inciso referido establecía un margen de discrecionalidad al intérprete que muy probablemente resultara en la anulación o el menoscabo del goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas involucrando criterios de diferenciación o categorías de distinción prohibidas, y provocando discriminación incluso al margen de la intención de la persona responsable de la distinción.
«Es importante hacer un trabajo focalizado en la biblioteca porque hay varias consultas y reclamos y en ese sentido actuar en consecuencia desde la Institución, es por ello que se pone a disposición el espacio para seguir haciendo de la Universidad un espacio libre de discriminación y en este sentido entender que la justicia social no solamente es punitiva sino que tiene que ver con la construcción de nuevas miradas y perspectivas acordes a lo que está sucediendo en el contexto actual», expresó Alejandra Ortíz Alarcón , la Psicóloga del Equipo.
«El objetivo es reflexionar y pensar nuevas maneras y alternativas para que realmente la biblioteca forme parte de la comunidad del estudiantado en buenos términos, tanto para el personal como para quien asiste y hace uso (…) en esa línea hicimos la propuesta», comentó Manrique.
Cabe resaltar que las capacitaciones en el marco de la Ley Micaela forman parte de un compromiso institucional y se irán desarrollando en todos los sectores de la comunidad universitaria.Etiquetas: Biblioteca, Capacitación, Derogación, ETI, Sensibilización