EL DERECHO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR POR LEY

La Ley de Educación Superior en la República Argentina estableció en el año 1995 el Artículo 7 que establece que las personas mayores de 25 años que no tengan completo sus estudios de nivel medio, puedan ingresar a las instituciones de nivel superior, excepcionalmente, siempre que demuestren a través de las evaluaciones que tiene preparación y/o experiencia laboral acorde a los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente.

Este 2020 la Universidad Nacional de San Luis (UNSL) cuenta con un total de 271 personas inscriptas que aspiran a ingresar en 2021 a las carreras de la Institución. Del total 17 se inscribieron al Instituto Politécnico y Artístico Universitario (IPAU), 21 a la Facultad de Psicología (FaPsi), 76 a la Facultad de Ciencias de la Salud (FCS), 46 a la Facultad de Ciencias Humanas (FCH), 17 a la Facultad de Ciencias Físico Matemáticas y Naturales (FCFMyN), 32 a la Facultad de Ciencias Económicas Jurídicas y Sociales (FCEJS), 14 a la Facultad de Ingeniería y Ciencias Agropecuarias (FICA), 35 a la Facultad de Química Bioquímica y Farmacia (FQByF), y 13 a la Facultad de Turismo y Urbanismo (FTU).

Bajo este sistema de ingreso las Universidades de todo el país brindan esta posibilidad de ingreso al mundo de la academia desde 1995 hasta la actualidad. Hace 25 años que se incluyó este articulado a la Ley de Educación Superior y se ha constituido en un debate nacional muy importante, y que actualmente continúa, cuyo eje es el analizar si la credencial de la secundaria reúne las competencias para el ingreso al sistema de educación superior.

En este sentido la secretaria Académica de la Universidad Nacional de San Luis (UNSL), Mgtr. Ana María Corti sostuvo que: «Uno podría decir: basta tener la certificación de la secundaria para reunir competencias suficientes para el ingreso a la Universidad? (…) Hay suficiente evidencia empírica para demostrar que llegan alumnos a la Universidad que portan la credencial de la secundaria pero tienen baja competencia lectora o poco pensamiento crítico o baja capacidad de resolución de problemas, etc».

La funcionaria expresó que en el marco de este pensamiento, mucho antes de 1995 que es cuando se sanciona la Ley, ya venían produciéndose debates que trabajaban estos temas y los cuales muchos de ellos están en la órbita de pensar que una persona que reúna competencia laboral por más de diez (10) años en un campo específico de trabajo equivaldría a haber logrado competencias similares para incorporarse al mundo de la academia a pesar de no tener nivel secundario.

«El Artículo 7 de la Ley de Educación Superior lo que expresa es la posibilidad del ingreso a las universidades de personas mayores de 25 años que no tengan completos sus estudios de nivel medio, pero eso no quiere decir que ingresan de manera directa. Estas personas se someten a la evaluación de dos (2) competencias: la resolución de problemas y la evaluación que tiene que ver con competencia oral y escrita de producción de texto», explicó Corti.

Seguidamente añadió: «Todas las personas que piensen que es una forma de nivelar hacia abajo están desconociendo un debate que es muy arduo y antiguo que tiene que ver con las competencias que la secundaria arroja».

También sostuvo que la historia del Articulo 7 en la Ley de Educación Superior, tiene que ver con una política inclusiva que con la vuelta a la democracia, en 1983, se empezó a debatir y en 1995 recogiendo debates y evidencias se plasma este articulado.

«Las personas bajo estas condiciones que ingresan año a año a la Universidad son muy pocas, se anotan alrededor de 100 personas, eso varía en cada año académico, y luego hay estas dos (2) competencias que las personas deben aprobar (…) Son muy pocas las personas que ingresan pero es una posibilidad que la Universidad brinda», dijo Ana María Corti.

Lo nuevo de este año es que debido a las condiciones de virtualidad, se ofrecerá un acompañamiento virtual que iniciará en el mes de octubre con el propósito de que las personas puedan a través de sistemas remotos, tener algún sistema de monitoreo y ayuda en la lectura de los módulos de evaluación y llegar a las pruebas que se van a producir en noviembre y/o diciembre con esta asistencia.

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